Se avecina una sorpresa de Hacienda para millones de hipotecados. Les va a reclamar que declaren la “ganancia patrimonial” derivada de las devoluciones que los bancos van a comenzar a ingresarles por las cláusulas suelo.
Europa continúa debatiendo el importe que tendrán que devolver las entidades españolas por la retroactividad de las cláusulas suelo. El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) presentará sus conclusiones el próximo 12 de julio. Su opinión será independiente y no vinculante para la sentencia definitiva, que se emitirá a finales de año.
No obstante, la decisión del TUE será determinante para el dictamen que establezca después Bruselas. Debe decidir si la devolución de cantidades por la existencia de cláusulas debe calcularse desde mayo de 2013, fecha en la que el Tribunal Supremo dictó una sentencia que las declaró “nulas”, o desde la firma del contrato hipotecario.
Cartas informativas tras conocer la sentencia
Pero los beneficiados por las devoluciones de los importes de las cláusulas suelo se van a encontrar en los próximos meses con una desagradable sorpresa.
Según ha sabido El Confidencial Digital por fuentes próximas a la Inspección de Hacienda, la Agencia Tributaria remitirá cartas, tras conocer el dictamen de Europa, a los hipotecados que hayan obtenido ventajas fiscales, ya sea por la compra de vivienda habitual o, por ejemplo, por el alquiler de un inmueble.
Por tanto, aquellos que se hayan acogido a estas deducciones en la declaración de la Renta de los últimos años serán objeto de inspecciones inmediatas. Se calcula que el número de españoles afectados por esta situación supera los dos millones.
Declaración complementaria y aviso de multas
El criterio que va a tomar Hacienda es rectificar la liquidación del I.RP.F. en cada año no prescrito, es decir, de los últimos cuatro ejercicios, porque entiende que el contribuyente se ha estado deduciendo de más, en tanto que el banco le ha cobrado también de más.
Las fuentes a las que ha tenido acceso ECD explican que la Agencia Tributaria les va a exigir una declaración complementaria por “un incremento patrimonial no reconocido”. Les informará que, como beneficiarios de esta devolución, deben declarar ese dinero en el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como “ganancia patrimonial”.
Finalmente, les comunicará también que deben tributar esas cantidades en el IRPF y de que se enfrentan a sanciones si no lo hacen.
Las devoluciones pueden alcanzar los 10.000 millones
Desde noviembre de 2009, cuando comenzaron a aplicarse las primeras cláusulas suelo, hasta el dictamen del 9 de mayo de 2013 del Tribunal Supremo, las entidades financieras españolas han percibido unos 4.474 millones de euros por su aplicación, según cálculos de Analistas Financieros Internacionales (AFI).
Pero todavía queda pendiente la resolución del Tribunal Europeo de Justicia para que los hipotecados afectados sepan si pueden reclamarlas con efecto retroactivo.
De reconocer la devolución de todos los importes cobrados por las cláusulas suelo desde el origen del préstamo, la banca tendría que reintegrar los casi 4.500 millones, cifra que engrosaría la factura de 5.269 millones por los intereses cobrados desde el 9 de mayo de 2013 hasta finales de 2015, según estiman desde AFI.
El Banco de España, por su parte, ha elaborado un informe en el que cifra el importe de las devoluciones entre el inicio de los contratos con estas cláusulas y mayo de 2013 entre 5.000 y 7.600 millones. El documento del supervisor, elaborado a partir de información facilitada por los propios bancos, ha sido redactado para detallar las consecuencias económicas que puede tener la sentencia de Europa para el sector financiero español.