La sentencia pone de manifiesto que la demandante reclamó la indemnización que le correspondía tras haber sido declarada en situación de invalidez absoluta, pero el juzgado rechazó sus pretensiones al señalar que había actuado con mala fe cuando concertó el seguro de un préstamo. La Sala asevera que al contestar a las preguntas que indagaban sobre el estado de salud de la apelante, el mediador del seguro dio una respuesta negativa a las cuestiones planteadas, entre ellas, si padecía alguna alteración física o enfermedad.
Sin embargo, en su historial médico constaba que ya en 2001 había sido atendida por una sintomatología depresiva en una unidad de salud mental, que en febrero de 2006 había sido operada de una mano y que en 2008 ingresó por un episodio depresivo de intensidad grave, entre otras patologías. En abril de ese último año, el Instituto Nacional de la Seguridad Social la declaró en situación de incapacidad absoluta para todo trabajo.
Al confirmar la desestimación de la demanda, la Audiencia dice que «la demandante faltó a la verdad cuando se le preguntó sobre su estado de salud al recibir el préstamo que había solicitado». Y añade que «la aseguradora queda relevada de hacer frente al siniestro ante la ocultación del tratamiento para la depresión que padecía desde cinco años antes y de la intervención quirúrgica del túnel carpiano realizada seis meses antes de pedir el préstamo y firmar el cuestionario del estado de salud».