El Consejo de Ministros aprobado el viernes la remisión al Congreso de los Diputados del Proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario. Entre las medidas contempladas en el mismo, se prohíben las ventas vinculadas de productos asociados a los préstamos y se regulan las ventas combinadas.
Así, la nueva norma veta, con carácter general, las denominadas ventas vinculadas, es decir, aquellas que obligan al consumidor a aceptar una serie de productos financieros (como pueden ser seguros) como condición para obtener la hipoteca. Se determinan, eso sí, excepciones autorizadas por el Banco de España o si se prueba que benefician al consumidor.
Sin embargo, sí están permitidas las ventas combinadas, que son aquellas en las que el consumidor tiene la opción de contratar por separado el préstamo hipotecario o con un conjunto de productos. En este caso, la entidad está obligada a presentar dos presupuestos, uno que incluya los productos que se comercializan con la hipoteca y otro sin ellos. En estas ventas combinadas, la entidad financiera informará de los distintos presupuestos, como una medida de transparencia obligatoria.
La norma inicia ahora la tramitación parlamentaria y cuenta, según afirma el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, «con un amplio consenso político». Este proyecto de ley es el resultado de la trasposición de la Directiva europea sobre Contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial.